Los articulos mas polémicos constituidos en la Reforma Constitucional: HOY Art 115 "Tipos de Propiedades"

Art: 115
Se reconocen y garantizan las diferentes formas de propiedad. La propiedad Pública es aquella que pertenece a los entes del estado; La propiedad Social es aquella que pertenece al pueblo en su conjunto y las futuras generaciones, y podrá ser de dos tipos: la propiedad social indirecta, cuando es ejercida por el estado a nombre de la comunidad, y la propiedad social directa, cuando el estado la asigna, bajo distintas formas y en ámbitos territoriales demarcados, a una o varias comunidades, a una o varias comunas, constituyéndose así en propiedad comunal, o a una o varias ciudades, constituyéndose así en propiedad ciudadana; la propiedad colectiva es la perteneciente a grupos sociales o personas, para su aprovechamiento, uso o goce en común, pudiendo ser de origen social o de origen privado; la propiedad mixta es la conformada entre el sector público, el sector social, el sector colectivo y el sector privado, en distintas combinaciones, para el aprovechamiento de recursos o ejecución de actividades, siempre sometida al respeto absoluto de la soberanía económia y social de la nación; y la propiedad privada es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas, y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo y medios de producción legítimamente adquiridos.
Toda propiedad estará sometida a las contribuciones, cargas, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podra ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes, sin perjuicio de la facultad de los órganos del estado, de ocupar previamente, durante el proceso judicial, los bienes objetos de expropiación, conforme a los requisitos establecidos en la ley.

Explicacion del Articulo 115:

A. La propiedad Publica: Le pertenece a los entes del Estado. Ejemplo: gobernaciones, registros, alcaldias, etc.

B. La propiedad Social: Le pertenece al pueblo en su conjunto a futuras generaciones. esta podria ser de dos tipos:

*propiedad social indirecta: la ejerce el estado a nombre de la comunidad. Ejemplo: ambulatorios, etc.

*propiedad social directa: el estado la asigna bajo cualquier forma y en ambito territoriales demarcados, la podrá asignar a cualquier modelo de comunidad o conjunto de población, ejemplo: si se le asigna una propiedad a una o varias comunas esta se convierte en propiedad comunal, si se le asigna una propiedad a una o varias ciudades esta se convierte en propiedad ciudadana.

C. La propiedad Colectiva: esta definicion se le dara a las propiedades perteneciente a grupos sociales o personas, esta propiedad podria ser de origen social o privado.

D. La propiedad Mixta: en esta propiedad influye los sectores: publico, social, colectivo y privado en cualquier combinacion, ejemplo: privado+colectivo / social+privado / publico+colectivo, etc.

E. La propiedad Privada: Le pertenece a personas naturales o juridicas, podria ser de uso, consumo, de produccion, la propiedad consta de su legitima adquisición, ejemplo: una casa, una empresa textil, una hacienda, etc.

Estas propiedades podran ser expropiadas si asi lo amerita por causa de utilidad publica o interes social, por medio de una sentencia firme y tras un pago oportuno de justa indemnización, en donde el expropietario no sera violado de su derecho a la propiedad gracias a ese derecho se le dara su justo pago por la propiedad que el estado le quitara, todo el procedimiento ajustado a lo establecido en la Ley, Ejemplo: tu casa esta en medio de lo que sera una carretera, bueno el estado realizara una valoracion ajustada a los costos actuales que seran siempre actualizados y procedera a realizarte tu pago como indemnizacion, si tu hacienda esta encima de un pozo petrolero y ahora el estado tras investigaciones descubre ese pozo que se encontraba oculto bueno el estado procedera de la misma manera a valorizar tus terrenos y realizarte el pago del mismo; Las propiedades estaran sometidas a contribucciones, cargas, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad publica o de interes general, Ejemplo: Pagos de impuestos, entre otras obligaciones que tendras al tener una propiedad, poseeras tanto derecho como deberes.
Podras tener cualquier tipo de propiedad, sin importar la cantidad que poseas, con tal que alla sido una legitima adquisición.

Ejemplo: si tienes 8 casas tendras que demostrar de donde sacaste el dinero o como adquiriste esas propiedades, demostrar si la adquisicion fue legitima o fue ilegal.

Ejemplo de adquisiciones legitimas:
*haberlas adquirido por un testamento por medio del cual heredaste esas 8 casas.
*por medio de tus ahorros y tu manera de administrarte por años, osea tienes 1 empresa que te arroja buenos ingresos y has sabido administrar tu capital el cual te dio la facilidad de adquirir estas propiedades (8 casas).

Ejemplo de adquisiciones ilegales:
* por medio del lavado de dinero.
* por medio de ingresos del narcotrafico.
* por medio del robo.
* por medio a astucia legal, como estafa juridica.

El Articulo 115 te reconoce mas propiedades que el actual articulo de la constitucion vigente, el articulos 115 te reconoce 06 tipos de propiedades, te garantiza tu autonomia de la propiedad, te garantiza los derechos acerca de tu propiedad y los deberes, te explica que podras tener la cantidad de propiedades que quieras todo mediante la legitima adquisición, tambien el articulo 115 expone la expropiacion sobre cualquier tipo de propiedad mediante sentencia firme y pago inmediato como indemnización, este articulo no nos quita ningun beneficio ni nos elimina el derecho de poseción, de ninguna manera nos vemos desbeneficiado ante los expuesto.